UDELAR

Beneficiarios: Funcionarios y Docentes
Finalidad: Reducir los riesgos otorgando un horario especial y la equivalencia de la remuneración a una jornada de 8 horas.
Requisito para la gestión: El servicio eleva la nómina del Personal que considera afectado a la Comisión Especial que asesora sobre que actividades se reputan insalubres (Esta Comisión se integra con un Delegado y un alterno de Facultad de Medicina, Derecho y D.U.S.)
Cuando los funcionarios son declarados en actividad insalubre deberán:
• Reducir su jornada laboral de 8 hs. a 6 hs. como jornada ordinaria máxima manteniendo la remuneración por jornada de 8 hs.
• No podrá autorizarse la realización de horas extras para las actividades de funcionarios declarados insalubres.
• Se adicionará al sueldo el horario nocturno de aquel funcionario que desempeñe funciones entre las 21:00 y las 6:00.
• Regirá la obligatoriedad del control médico semestral ante la División Universitaria de la Salud, establecido por ley 9697 de fecha 16.9.37.